El presupuesto
Entre el 10 % y el 21 % hay once puntos. La frontera está en el 40 %.
La respuesta corta
En obras de renovación en vivienda se aplica el 10 % de IVA si el destinatario es particular, la vivienda tiene más de dos años y los materiales no superan el 40 % de la base imponible.
Su cliente compara dos presupuestos. Uno pone 10 % de IVA y otro pone 21 %. Él no sabe por qué, y usted probablemente no se lo ha explicado, porque le parece evidente. Once puntos de diferencia sobre una obra mediana no son un detalle administrativo: son el dinero que decide quién se lleva el trabajo.
La Agencia Tributaria lo explica en tres condiciones, y hay que cumplirlas todas.
Los tres requisitos
El primero es sobre quién recibe la obra: «Que el destinatario sea una persona física y utilice la vivienda para su uso particular». No vale si la vivienda se destina al arrendamiento o a una actividad empresarial.
El segundo es sobre la edad del edificio: «Que la construcción o rehabilitación haya finalizado al menos dos años antes del comienzo de las obras».
Y el tercero es el que casi nadie explica: «Que la persona que realice las obras no aporte materiales … o, en caso de que los aporte, su coste no exceda del 40 por ciento de la base imponible».
Lo que eso significa con números
La propia Agencia Tributaria lo ilustra así: en la colocación del suelo de una vivienda por 10.000 €, de los cuales 3.000 € son materiales aportados por quien hace la obra, tributa todo al 10 %. Y una obra por el mismo importe total, con 5.000 € de materiales aportados, tributa al 21 %.
Fíjese en lo que ocurre: no es que la parte de materiales pase a otro tipo. Es que toda la obra cambia de tipo. Por eso el 40 % no es un matiz contable — es una frontera, y en obras donde el material pesa mucho, está cerca.
Esto también explica por qué un presupuesto puede llevar 21 % sin que nadie haga nada raro: si usted pone la caldera, los sanitarios o el material de una reforma completa, es fácil pasar del 40 %.
Por qué esto tiene que estar en su web
Porque el cliente que recibe dos presupuestos con tipos distintos piensa una de dos cosas: que uno de los dos se ha equivocado, o que uno de los dos no está siendo del todo legal. Las dos conclusiones le perjudican, y las dos se evitan con un párrafo.
Y hay una segunda razón, menos evidente: un cliente que entiende de qué depende el tipo puede tomar decisiones antes de pedir el presupuesto. Esa conversación es mejor tenerla en su página, con calma, que por teléfono cuando ya hay una cifra sobre la mesa.
| Lo que pone en la página | Lo que evita |
|---|---|
| Los tres requisitos, tal cual, con el enlace a la Agencia Tributaria | Que parezca criterio suyo. Con la fuente al lado, es comprobable. |
| Que el 40 % se calcula sobre la base imponible, no sobre el precio final | El error de cálculo más común, y la discusión que viene después. |
| Que si se supera, cambia el tipo de toda la obra | La sorpresa en la factura final, que es donde se pierden los clientes. |
| Qué tipo de trabajos suyos suelen quedar en cada lado | Preguntas repetidas por teléfono, y presupuestos que nacen ya con una expectativa equivocada. |
| Que la duda concreta la resuelve un asesor | Que usted acabe respondiendo por escrito a algo que no le corresponde. |
El quinto punto es el que más trabajo ahorra y ninguno cuesta dinero: separar en el presupuesto lo que son materiales. El cliente ve de qué lado cae su obra antes de firmar, y usted no tiene que explicarlo por teléfono cada vez.
Lo que este texto no dice
No propone repartir facturas ni mover partidas para quedar por debajo del 40 %. Eso no es transparencia, es otra cosa, y termina mal para quien firma la factura. Lo que sí propone es que el cliente sepa de qué depende el tipo antes de comparar dos números que parecen iguales y no lo son.